1.
PRESENTA TU
DENUNCIA:
2. Para
conocer que procuraduría en nuestro estado puede llevar a cabo nuestra demanda,
es necesario distinguir a qué tipo de delito pertenece, puede pertenecer al
fuero federal o al fuero común (estatal).
3. El
código penal puede determinar “que tipo de delito es”, de acuerdo a los
federales. Cada estado tiene asignado un catálogo de delitos, contenido en
el Código Penal. Una ves analizado esto, definiremos a que tipo de delito nos
referimos:
DELITOS DEL FUERO
FEDERAL:
Aquellos o aquellas en los que las
víctimas o agresores son agentes del Estado a nivel federal, como elementos del
Ejército, Marina, Policía Federal y Gendarmería, en ejercicio de sus funciones
o con motivos de ellas. También los que se cometen en zonas
federales como aeropuertos, carreteras, embajadas, o consulados. Estos
se denuncian ante la delegación de la PGR en tu Estado.
DELITOS DEL FUERO COMÚN:
Son todos aquellos que no son considerados delitos
federales y que son cometidos por particulares o
funcionarios estatales o municipales, como los delitos de feminicidio,
homicidio, desaparición forzada, tortura, lesiones y robo en cualquiera de sus
modalidades. Estos se denuncian en la procuraduría de
justicia o fiscalía de cada Estados.
Tu derecho como víctima directa o
indirecta es acudir ante cualquier procuraduría y presentar tu
denuncia.
La autoridad tiene como
obligación recibirla y, en caso de que considere que no le corresponde tramitarla,
es su obligación orientarte y notificarte.
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