martes, 8 de diciembre de 2020

Delitos mas frecuentes del trayecto de la casa a la escuela

Delitos más frecuentes del trayecto de la casa a la escuela y viceversa:

1.- Robo a mano armada: es un tipo de robo o despojamiento de bienes en el cual el autor del delito causa la violencia, intimidación o afección física en la víctima mediante la utilización de armas, ya sea un arma blanca o un arma de fuego.

2.- Fraude / extorsión: el cual se comete por lo general cuando una persona llega a un acuerdo en el que invierte bienes o dinero sin recibir la contraparte pactada. este es uno de los delitos más comunes que se realizan cotidianamente.

 

3.- Corrupción: es la acción y efecto de corromper, es decir, es el proceso de quebrar deliberadamente el orden del sistema, tanto ética como funcionalmente, para beneficio personal. Además de que el corrupto comete una acción ilegal, también presiona u obliga a otros a cometer tales actos.

 

4.- Agresión Sexual: es un delito en el que una persona atenta contra la libertad sexual de otra, empleando violencia o intimidación. En general se realiza tocando, con intenciones sexuales, a otra persona sin el consentimiento o ejerciendo la coerción de esa persona u obliga físicamente a una persona a participar en un acto sexual en contra de su voluntad.

 

5.- Narcomenudeo: Se entiende por narcomenudeo, la posesión, el comercio o suministro ilícito de estupefacientes o psicotrópicos, cuando por la cantidad y presentación o forma de embalaje u otras circunstancias , se determine que es para su distribución en dosis individuales.

 

6.- Violencia familiar / de género: es aquello que se ejecuta con fuerza y brusquedad, o que se hace contra la voluntad y el gusto de uno mismo. Se trata de un comportamiento deliberado que puede ocasionar daños físicos o psíquicos a otro sujeto. Por lo general, un comportamiento violento busca obtener o imponer algo por la fuerza.

 

7.- Delito de daños: supone la destrucción o menoscabo de un bien que es de propiedad ajena, pudiendo ser esta propiedad pública o privada. El detrimento o destrucción que el bien ajeno sufre al ser dañado, no conlleva que el sujeto activo del delito se apodere de él, sino únicamente el perjuicio que el bien sufra. Cualquier objeto o bien, ya sea mueble o inmueble puede ser susceptible de sufrir daños, independientemente del valor económico que este tenga, sin embargo en la mayoría de las legislaciones penales, la sanción por el delito de daños varían de acuerdo al valor de lo dañado.

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